Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de La turbia privatización del Registro Civil

Javier Martínez del Moral

  • español

    La calificación registral se justifica para dar seguridad al tramo contractual que va desde el alumbramiento del negocio hasta su presentación registral. Las Leyes 24/2001 y 24/2005 eliminan ese tramo de incertidumbre al diseñar un registro de acceso directo a notarios, jueces y funcionarios a la información registral y presentación de esos títulos on line, a tiempo real y sin intermediación del registrador. Como consecuencia de ello la calificación registral deja de ser una actividad de seguridad complementaria y se convierte en una duplicidad innecesaria.

    El colegio de registradores llevan trece años incumpliendo el mandato legal para proteger una calificación oportunista, impidiendo la aplicación eficiente de la tecnología a costa del sufrido usuario. Sin embargo, esta rebeldía es un simple muro de contención mientras se crean desfases informacionales que justifiquen su intervención como gatekeppers. Pues bien, la privatización del registro civil es una pieza clave para generar desfases cronológicos que devuelvan el protagonismo perdido al colectivo registral.

    Sin embargo, la forma y modo de llevar a cabo esta privatización ha generado una fuerte oposición social.

    Tres cuestiones se examinan del proceso legal. La primera, referente a las sospechas de corrupción en el ámbito de la contratación de la nueva tecnología electrónica del registro civil, a la vista de las informaciones internas que han circulado y las investigaciones de los medios de comunicación; la segunda, las diferentes iniciativas tomadas por los grupos políticos para investigar tan turbio asunto; y la tercera, pretende dar respuesta a un interrogante que interesadamente sigue abierto a fecha de hoy: ¿Cómo se pretende cubrir el coste del servicio? A la vista del art. 3.2 g) del Proyecto de RD que crea y aprueba los estatutos de la corporación de derecho público de gestión del registro civil, en conexión con el artículo 74.9 del RD 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueba el Estatuto General de los colegios de registradores y la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 13 de enero de 1998, la respuesta parece estar en crear un absurdo, costoso y discreto tráfico interregistral de información, triplicando el actual coste.

  • English

    In a contractual relationship, registration gives certainty to the initial agreement. Acts 24/2001 and 24/2005 eliminate this uncertainty stretch introducing a new kind of direct access to the recorded information in the case of notaries public, lawyers and civil servants. As deeds can be presented online in real-time and without the registrar´s intermediation, registration is no longer a complementary security but an unnecessary duplicity.

    The Spanish Association of Registrars has failed to fulfil these rulings to protect registration opportunistically, thereby hindering the efficient application of technology at the user´s expense. This rebellion is just a retaining wall while informational gaps, justifying registration, are being created. Now, privatizing the Civil Registry is the key to chronological gaps that may give registrars their leading role back. However, the way of conducting this privatization has given rise to a strong social opposition.

    Three issues of the legal procedure are examined. The first is related to suspicions and internal rumors of corruption, verified by the mass-media, concerning the contracting of the latest electronic technology for the Civil Registry. The second one refers to different initiatives of political groups to investigate the murky selection-system of the enterprise to which the contract was awarded. In the third place, this article intends to give an answer to a question that remains unanswered: How will this service be paid for? Considering section 3.2 g of the Royal Decree Draft, that creates and adopts the statutes of the public corporation meant manage the Civil Registry, in relation to section 74.9 of Royal Decree 483/1997 of April 14th, approving the General Statutes of registrar associations, and the resolution issued by the General Directorate of Registries and Notaries Public on January 13th, 1998, the answer seems to be we will create an absurd, expensive and discrete internal distribution of information tripling the current cost.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus