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Las modificaciones estructurales ante la Propuesta de Código mercantil

  • Autores: Luis Francisco Javier Cortés Domínguez
  • Localización: El notario del siglo XXI: revista del Colegio Notarial de Madrid, ISSN 1885-009X, Nº. 54, 2014
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      A juicio del autor la propuesta codificadora es, como hay que concluir a la vista de los numerosos cambios que se incorporan, algo más que un mero “trasvase” del Derecho vigente, aunque sea cierto que en algunos aspectos se limite a ello, es decir, a trasladar la regulación actualmente contenida en el Ley sobre modificaciones estructurales. Así ocurre, señaladamente, en punto a las “fusiones especiales”, que son las que antaño, antes de la Ley sobre modificaciones estructurales, llamábamos fusiones abreviadas, pero que ya no lo son tanto en la actualidad. La Propuesta de Código mercantil no introduce modificaciones sustanciales en este subámbito, aún cuando quizá debería incorporar alguna que perfeccionase la regulación actual. Se trata de un campo que, desde su previsión inicial en el escueto artículo 250 de la Ley de sociedades anónimas originario (absorción de sociedad íntegramente participada), ha ido experimentando adiciones de casos, en los que se profundizó al aprobarse la Ley sobre modificaciones estructurales, dejando regulado el tema en cuatro artículos más bien complejos y respecto de los que la doctrina viene indicando algunas inconsistencias (arts. 49-52 LME).

    • English

      In the author´s view, considering the large number of modifications it incorporates, the codifying proposal is something more than a simple “transfer” of current Law, though it may be true that it does exactly that in certain aspects, that is, transferring the current regulation provided for in the Act on Structural Modifications. This is especially so in the section on those “special mergers” we used to call “short-form mergers” before the entry into force of the Act, and are not that short nowadays. The new Trade Code proposal doesn´t introduce substantial modifications in this sub-area, although may be it should incorporate some to perfect the current regulation. We are talking about a field that, since its first appearance in the short Section 250 of the original Corporation Law (take-over of a wholly owned company) has been adding cases, considered in depth at the passing of the Act on Structural Modifications. The regulation is contained in four complex sections considered incoherent in some points by the legal doctrine (Sections 49-52 of the Structural Modification Act).


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