En una licitación por procedimiento abierto simplificado, se ha requerido al propuesto como licitador a través de la plataforma de contratación del sector público que presentase la documentación pendiente, entre las cuales está la garantía. Ayer finalizó el plazo y no ha presentado documentación a través de PLACE. Secretaría indica que se debe declarar que el licitador ha retirado su oferta y requerir al siguiente licitador. ¿Quién debe hacer esta declaración, el órgano de contratación o la mesa? Y si presentase la documentación requerida a través de sede electrónica fuera de plazo y se comprobase que ha constituido la garantía definitiva en el plazo indicado en el requerimiento, ¿se debería admitir?
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