Sonia González Bardanca, E. Díaz Rodríguez, María Luisa Figueira
Cuando la Consejería de Familia tiene la custodia y/o guarda de un menor, otorga estas, en aplicación de la ley, al familiar más próximo que pueda y quiera hacerse cargo, dando prioridad a la familia sobre otras personas valorada su idoneidad. En la práctica clínica diaria de una unidad de salud mental infanto -juvenil, cada vez es más frecuente encontrarnos con esta situación. Partiendo de dos casos clínicos, analizamos “las versiones de la aplicación de la ley” así como la desaparición o no de los síntomas que presentan estos niños al acudir a consulta, según los acogedores familiares repitan o no los esquemas de funcionamiento de la familia de origen. Lo “mejor” según la ley, acaba en la práctica a veces siendo “enemigo de lo bueno”.
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