Comentario a las medidas propuestas por los jueces de lo Mercantil de Madrid que persiguen generar confianza en el proceso de venta de unidad productiva proyectada por el deudor, para su aprobación después en el procedimiento concursal a través del procedimiento que se establece en el art. 530 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
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