Santiago de Compostela, España
El imputado es la parte acusada por excelencia, ya que contra ella se dirige la pretensión penal y se solicita la imposición de una pena o de una medida de seguridad. Puede considerarse la parte principal del proceso penal, en el sentido de que éste va destinado a enjuiciar su conducta, y a discernir si procede su condena o absolución, de forma que si no es conocido o identificado, el proceso no puede continuar. De hecho, la tarea básica de la primera parte del proceso va a ser identificarlo, buscarlo, y someterlo a procesos Cuando no se encuentre una persona a quien realizar la imputación, se sobreseerá el procedimiento. De este modo se desprende del art. 322 del Proyecto de Código Procesal Penal chileno (PCPPCh), en la medida en que prescribe decretar el sobreseimiento temporal cuando los antecedentes reunidos durante la investigación no fueren suficientes para fundar una acusación.
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