El texto propone una reconstrucción dogmática de la jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos, en materia de deferencia internacional y discreción de las autoridades nacionales. Primero, se analiza cómo el Comité ha evitado emplear de la doctrina europea del margen de apreciación estatal. Segundo, mediante la revisión de grupos de casos, se constata que el Comité elabora estándares propios de revisión internacional que van desde un escrutinio estricto a razones de deferencia. El artículo concluye que el Comité de Derechos Humanos ha desarrollado una jurisprudencia casuística de deferencia en la que se pueden identificar espacios para la discreción nacional.
The paper offers a doctrinal reconstruction of the Human Rights Committee's jurisprudence on national discretion and international deference. First, it analyzes how the Committee has avoided the use of the European "margin of appreciation" doctrine. Second, the paper reviews cases in which the Committee has developed particular deference standards, from strict scrutiny to those giving latitude to national author-ities. It concludes by asserting that the Committee has granted discretion to domestic bodies, though only on case-by-case basis.
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