Madrid, España
El TEDH resuelve que la retención ilimitada de datos biométricos y de fotografías de personas condenadas constituye una injerencia no justificada en la vida privada de las personas, de acuerdo con el art. 8 CEDH. Lo determinante de esta injerencia para calificarla de desproporcionada y lesiva para el derecho a la vida privada no es tanto la retención ilimitada de los datos, dado el margen de apreciación de que disponen los Estados, sino la falta de garantías a favor del sujeto para la protección del citado derecho.
The ECtHR finds that the unrestricted retention of biometric data and photographs of convicted persons constitutes an unjustified interference in the privacy of individuals, in accordance with art. 8 ECHR. It is not so much the unrestricted withholding of data, given the margin of discretion available to States, that determines this interference in order to classify it as disproportionate and detrimental to the right to privacy, but the lack of guarantees in favour of the subject for the protection of said right.
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