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Resumen de La regulación contable de los instrumentos derivados en España: La labor de la AECA

María Machota Blas

  • En España, el desarrollo normativo con relación a los instrumentos derivados, en el ámbito de las entidades no financie- ras, se limita hasta el momento a los pronunciamientos de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA), organismo normalizador de carácter privado, en tanto que el Borrador del ICAC sobre operaciones de futuros está todavía pendiente de aprobación definitiva. Dicho desarrollo normativo se contiene, fundamentalmente, en el Documento N°. 19 Futuros y Opciones sobre Existencias de la Serie de principios Contables, emitido en enero de 1997, evidenciando así, una vez más, La Comisión de Principios y Normas de Contabilidad de AECA su talante innovador y su mayor dinamismo frente a la normalización pública como consecuencia, entre otros, del carácter profesional de este organismo. AECA opta por regular, inicialmente, sólo aquéllas operaciones a plazo y opciones concertadas por empresas comerciales e industriales, que en todo caso tengan como subyacente un bien de existencia que se negocie a contado ya plazo en un mercado organizado. Dado el limitado ámbito de aplicación del Documento, así como el carácter de sus planteamientos, que aunque parcialmente innovadores no dejan de estar insertos en el modelo contable tradicional fundamentado en el coste histórico, es de esperar que AECA realice una revisión de su contenido en línea con la actual normativa del International Accounting standards Board (IAsB), lo que queda más que justificado en la actualidad ante el nuevo giro que ha tomada la armonización contable a nivel comunitario.


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