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Resumen de El contrato de servicios con el delegado de protección de datos: propuesta de contenido

Juan Carlos Velasco Perdigones

  • español

    El novedoso marco jurídico relativo a la protección de datos personales ha supuesto la génesis, en el ordenamiento jurídico español, de una figura ex novo, el denominado delegado de protección de datos (DPD) o data protection officer (DPO). El RGPD y la LOPDGDD, en determinados supuestos, han impuesto a los responsables y encargados del tratamiento el deber de designación de este perfil, con el consecuente auge de profesionales que pretenden satisfacer las demandas de los destinatarios de las normas de protección de datos personales. La norma supranacional habilita al contrato de servicios como uno de los mecanismos propios para la normativización de la voluntad de las partes, centrándose este estudio en el análisis de esta particular relación contractual, para, posteriormente, esbozar una propuesta de contenido.

  • English

    The legal scenario for personal data protection has provided that managers and/or supervisors are duty bound to appoint a new professional profile: the data protection officer (DPO). The RGPD [General Register of Data Protection_] envisages the services contract as one of the instruments for regulating the relationship between the parties. The aim of this paper is to conduct an in-depth study of the services contract referred to in the rule, in order to draft a contract content proposal independently of the provisions stemming from the will of the contracting parties. On some occasions, professionals have been obliged to configure contractual relationships with the added complexity of uncertainty over the nature of their obligations.


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