Los nuevos Objetivos de desarrollo sostenible que constituyen la referencia del nuevo modelo de crecimiento sostenible de la economía mundial, se integran tanto en el gobierno de las empresas como en el desarrollo de los mercados financieros. En estos ámbitos se fomenta el largo plazo como criterio a tener en cuenta tanto en las decisiones de gestión como en la financiación necesaria para garantizar el desarrollo sostenible, cuestión prioritaria en la Unión Europea. En el diseño de la sostenibilidad financiera, caracterizada por inversiones productivas y sostenibles en las que además de los criterios clásicos de rentabilidad se toman en consideración los objetivos típicos de la sostenibilidad, el social y el ambiental, ocupa un papel relevante la transparencia. En este marco la regulación española sobre sostenibilidad financiera contenida en la Ley 11/2018 que traspuso la Directiva 2014/95 actualmente en revisión, prevé la divulgación de información no financiera, a través de una memoria de sostenibilidad denominada Estado de información no financiera. Este informe constituye un pilar esencial en la gestión de la transición hacia una economía sostenible que combine rentabilidad a largo plazo con la justicia social y la protección del medioambiente, y se configura como una herramienta esencial para mejorar la trasparencia y la rendición de cuentas de la información no financiera. La regulación objeto de análisis en este trabajo pone de manifiesto que la Ley 11/2018 resulta excesivamente restrictiva en la determinación de las entidades sujetas al deber de divulgar, y ambigua tanto en la relación de información que debe incluirse como en las pautas para su divulgación, que hacen precisa una adecuada estandarización que permita homogeneizar la información no financiera de las distintas entidades. Asimismo con propósito de contribuir al cumplimiento de los objetivos de trasparencia y rendición de cuentas que se persiguen con la presentación de estos estados de información no financiera, la ley prevé su verificación y supervisión tanto por el auditor de cuentas como por un verificador independiente. De particular interés en este ámbito es por otra parte la revisión de diferentes recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, por la reforma parcial del pasado verano, en las que se especifican aspectos importantes de la política de sostenibilidad en lo que respecta a los deberes del consejo de administración en cuanto a supervisión y trasparencia respecta.
The new Sustainable Development Goals, a reference of the new model for sustainable growth of the global economy, are integrated in both the governance of the companies and the development of financial markets. In these areas, long-term is promoted as a criteria to take into account in management decision-making and in the necessary financing to warrant sustainable development, which is a priority of the European Union. Regarding the design of financial sustainability characterized by productive and sustainable investments, in which in addition to classic criteria of profitability, the two typical sustainability goals are taken into account, which are the social and the environmental. In this context, the Spanish regulation regarding financial sustainability contained in the Spanish Act 11/2018 transposing the Directive 2014/95, which is being reviewed, states the disclosure of non-financial information, by means of a sustainability report called Non-financial information statement. This statement is an essential pillar for the transition towards a sustainable economy combining a long-term profitability with social justice and the protection of the environment. It is set as a primary instrument to achieve better transparency and accountability of the non-financial information. The regulation matter of the hereof analysis highlights that Act 11/2018 is restrictive regarding the establishment of the entities subject to disclosure obligations, and ambiguous for both the information to be included and the guidelines for its disclosure, which require an adequate standardization that allows to homogenize the non-financial information of the different entities, Furthermore in order to contribute within the compliance of transparency and accountability objectives pursued with the submission of the non-financial information statements, the law states the verification and supervision by an auditor or an independent expert. On the other hand, the review of different recommendations of the listed companies» good governance code is relevant for these purposes, as a result of the partial amendment approved last summer in which relevant aspects regarding sustainability policy are stated, in particular the duties of the board of directors in relation to the supervision and transparency.
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