La falta de flexibilidad de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, publicada un día después en el BOE, ocasionará graves perjuicios a todas las empresas del sector de exterior y a aquellas que utilizan este tipo de publicidad. Esta Ley, que en su artículo 24 establece que "fuera de los tramos urbanos de las carreteras estatales queda prohibido realizar publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de dominio público de la carretera", se manifiesta especialmente dura al no fijar un período de transición y no conceder ningún derecho a indemnización. Estas son las principales conclusiones de un informe elaborado por la Asociación Española de Publicidad Exterior sobre las repercusiones de esta Ley. Jorge Alegre, presidente de la AEPE, ha señalado a Campaña que la intención de la asociación es negociar con la Administración para atenuar los efectos de la futura reglamentación de la Ley. A tal fin ya ha concertado una entrevista con la Dirección General de Carreteras que tendrá lugar en los próximos días. En caso de que no llegue a ningún acuerdo, al AEPE pondrá en marcha los mecanismos necesarios para presentar un recurso de anticonstitucionalidad (ver Campaña 329)
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