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La nueva regulación de la oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria

  • Autores: Esteban Solaz Solaz
  • Localización: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil, ISSN 1697-7068, Nº. 106, 2014
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El régimen legal de oposición a la ejecución hipotecaria instaurado por la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil ha perdurado, con mas o menos fortuna, durante el período de doce años, a lo largo del cual los Tribunales han ido puliendo con su función hermenéutica el contenido material y procesal de este incidente de oposición. La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, ha venido a modificar el régimen normativo de oposición a la ejecución hipotecaria contenido en el art. 695 de la LEC con el fin de garantizar que la ejecución hipotecaria se realice de manera que los derechos e intereses del deudor hipotecario sean protegidos de manera adecuada y, en su conjunto, se agilice y flexibilice el procedimiento de ejecución, a efectos de que, de oficio o a instancia de parte, el órgano judicial competente pueda apreciar la existencia de cláusulas abusivas en el título ejecutivo y, como consecuencia, decretar la improcedencia de la ejecución o, en su caso, su continuación sin aplicación de aquéllas consideradas abusivas. Esa modificación legal justifica el estudio de esta materia en la que se analizan las cuestiones conflictivas surgidas con ocasión de la aplicación de los motivos de oposición a la ejecución de este peculiar título ejecutivo, en donde la mayoría de los problemas que se plantean son reales, tomados en gran medida de la práctica diaria


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