Las resoluciones que acuerdan o deniegan la tutela cautelar solicitada son esencialmente modificables. Las causas que justifican esa modificación pueden ser muy diversas. Así, la aparición de hechos nuevos o el descubrimiento de otros que no han podido alegarse en el procedimiento cautelar, pueden justificar un nuevo enjuiciamiento de la tutela cautelar; también la finalización de una instancia o recurso y la consiguiente necesidad de determinar la subsistencia o el alzamiento de las medidas cautelares; la no iniciación del proceso tras la adopción de unas medidas cautelares previas; o, en fin, la posibilidad de solicitar la sustitución de la medida cautelar por una caución aún después de acordada la medida
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