El pasado mes de septiembre se aprobaba el RD- Ley 28/2020 de Trabajo a Distancia. El poco bagaje de la norma así como la particular situación vivida a nivel mundial en los últimos meses no ha permitido un desarrollo jurisprudencial de la misma por lo que poco podemos comentar acerca de los conceptos o de las dudas interpretativas que puedan existir. El presente artículo sólo pretende presentar de forma esquemática los aspectos más esenciales de la misma.
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