En ocasiones se formulan reclamaciones patrimoniales que derivan de la existencia de unas relaciones jurídicas previas entre un particular y una Administración Pública, como el caso de los contratos o los convenios. Si bien es cierto que no se pone en duda la función compensatoria que se pretende conseguir —legítima por otro lado—, sí que se debe plantear la idoneidad de utilizar el cauce de la responsabilidad patrimonial.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados