Es patente la apuesta de la Unión Europea por un mercado con mayor presencia de las empresas de la economía social y consideración hacia las personas trabajadoras, como es el caso de la sociedad cooperativa. A pesar de su tradición, en su regulación siguen existiendo apartados que pueden ser interpretados de forma diversa o que generan dudas, como los relativos a la responsabilidad de los socios. Si bien se deduce que la responsabilidad por deudas sociales es claramente limitada, surgen dudas en torno a la imputación de pérdidas.Tras años de investigación y negociación con los agentes implicados, en diciembre de 2019 se aprobó la nueva Ley de cooperativas de Euskadi, donde el legislador opta por aclarar que la responsabilidad de los socios por las deudas sociales es limitada y establece fórmulas novedosas para la imputación de las perdidas, sin menoscabo al patrimonio personal de los socios cooperativistas.
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