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Tribunal Europeo de Derechos Humanos: Asunto Saquetti iglesias c. España, demanda nº 50514/13, sentencia de 30 de junio de 2020

    1. [1] Universidad Camilo José Cela

      Universidad Camilo José Cela

      Villanueva de la Cañada, España

  • Localización: Revista Aranzadi Doctrinal, ISSN 1889-4380, Nº. 1, 2021
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • European Court of Human Rights: Case Saquetti iglesias v. Spain, application no. 50514/13, judgment of 30 June 2020
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      En la sentencia Saquetti Iglesias c. España, el TEDH realizó una serie de aportaciones en relación con el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal reconocido por el artículo 2 del Protocolo nº 7 al Convenio Europeo de derechos humanos. En este caso, al demandante se le había impuesto una multa grave en el ámbito aduanero. El TEDH, aplicando los criterios Engel, consideró que la multa tenía carácter penal y que no se podía considerar una infracción menor en vista de su gravedad, a pesar de la ausencia de pena privativa de libertad. El Tribunal concluyó que España había vulnerado el Protocolo porque el ordenamiento jurídico interno no prevé la posibilidad de recurrir ante una segunda instancia jurisdiccional las sanciones administrativas graves. La sentencia plantea la necesidad de reformar el sistema de recursos previstos en la LJCA y de adaptar la doctrina del TC en esta materia.

    • English

      In the case of Saquetti Iglesias v. Spain, the ECHR has made some relevant contributions to the scope of right to a double degree of jurisdiction in criminal matters recognized by Article 2 of Protocol No. 7 to the European Convention on Human Rights. In this case, the plaintiff had been imposed a sanction considered ‘serious’ according to the customs legislation. Applying the Engel criteria, the ECHR considered that the sanction was criminal in nature and that it could not be considered a minor offence in view of its seriousness, despite the absence of a custodial sentence. The Court concluded that Spain had breached the Protocol because the domestic legal system does not provide for the possibility of appealing serious administrative sanctions to a higher tribunal. The judgment raises the need to reform the system of appeals provided for in national legislation and to adapt the doctrine of the Constitutional Court in this matter.


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