Precisa el TS el alcance de la expresión «rendimientos declarados por el contribuyente» contenida en el artículo 23.2 de la Ley 35/2016, del IRPF, a efectos de la aplicación de la reducción del 60 % sobre los rendimientos derivados del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda: la limitación se refiere a las declaraciones, y no a la comprobación de las autoliquidaciones, por lo que la Administración deberá aplicar la reducción al practicar la regularización al contribuyente.
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