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El desistimiento de instrumentos de planificación urbanística

  • Autores: Marta Velasco, Lucía Taracena
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9754, 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El procedimiento para que los interesados desistan de una solicitud de un instrumento de planificación urbanística (e.g. Plan Parcial, Plan Especial, Estudio de Detalle) o de licencias o autorizaciones está regulado en las leyes administrativas y urbanísticas. Sin embargo, existe una laguna jurídica sobre la potestad de la Administración de desistir de aquellos expedientes iniciados de oficio. En este caso, es la jurisprudencia la que ha venido admitiendo y perfilando dicha posibilidad. En particular, la jurisprudencia ha determinado las particularidades del desistimiento de la Administración en instrumentos de planificación urbanística. Por ello, el fin de este artículo es ilustrar las sentencias más relevantes del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia, respectivamente, sobre el desistimiento de instrumentos urbanísticos por parte de la Administración, así como el derecho de los administrados de instar la continuidad del procedimiento de elaboración de estos instrumentos, en determinados supuestos.


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