Una de las cuestiones que plantea el teletrabajo es el necesario equilibrio entre conexión y desconexión. Ambos conceptos, semánticamente opuestos, son en el fondo las dos caras de una misma moneda: el teletrabajador tiene derecho a estar conectado (¿cómo podría trabajar si no?), y al mismo tiempo tiene derecho a no estar conectado, un derecho que además es fundamental, pues no en vano tiene su base en la misma Constitución (art. 18.4).
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