Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de La igualdad como «faro a cuya luz deben interpretarse las normas»: pensión de jubilación anticipada y servicio social de la mujer

Yolanda Cano Galán

  • El tiempo de prestación del Servicio Social de la Mujer, creado por Decreto núm. 378, de 11 de octubre de 1937, ha de tomarse en consideración a efectos del acceso a la jubilación anticipada, en la misma forma en la que se tiene en cuenta en el art. 208.1 b) último párrafo LGSS, el servicio militar obligatorio o prestación social sustitutoria, para no incurrir en discriminación por razón de sexo.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus