Argentina
La obligación de suministrar recursos judiciales a las víctimas de violaciones a los derechos humanos se encuentra dentro de la obligación general a cargo de los Estados de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Convención Americana de Derechos Humanos a toda persona que se encuentre sujeta a su jurisdicción. Sin embargo, la situación de vulnerabilidad en que se encuentran las comunidades indígenas y la organización y funcionamiento de las instituciones del Estado pueden resultar condicionantes a la hora de acceder a la justicia. Ante esta problemática, la Corte Interamericana ha establecido estándares específicos, que despliegan la obligación del Estado de respetar los derechos indígenas y lo instan a adoptar una serie de medidas para superar dichas limitaciones, en pos del reconocimiento del derecho a la identidad cultural y la determinación del origen étnico como un criterio prohibido de discriminación.
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