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Resumen de La prevención del acoso a través de las cláusulas sociales en los contratos del sector público (1)

Alicia Villalba Sánchez

  • español

    Las entidades pertenecientes al sector público han de acudir a otras, de naturaleza privada, a fin de procurarse los bienes y servicios necesarios para la consecución de sus objetivos. Las relaciones con ellos entabladas se han instrumentalizado a través de contratos de cuya preparación, celebración y ejecución se ha ocupado el Derecho Público, con el firme propósito de garantizar la selección del oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa. Su valoración, sin embargo, no depende de criterios exclusivamente económicos, desde que el legislador ha obligado a tomar en consideración aspectos relacionados con las condiciones de trabajo aplicables a la mano de obra que la empresa contratista adscriba a la ejecución del encargo. En particular, el contratante no puede desentenderse de su salud, bien porque el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social le atribuye algún tipo de responsabilidad, bien porque los postulados de la contratación pública socialmente responsable lo recomienden. Siendo los de índole psicosocial riesgos de difícil detección y compleja erradicación, interesa abordar la inclusión de cláusulas sociales destinadas a la prevención y lucha contra cualesquiera conductas constitutivas de acoso que pudieran ser perpetradas o padecidas por los trabajadores implicados en la ejecución de los contratos suscritos por las Administraciones Públicas.

  • English

    Public sector entities must obtain from other entities, of a private nature, the goods and services needed to achieve their objectives. The relations established with them have been instrumented through contracts regulated by Public Law, with the purpose of guaranteeing the selection of the most advantageous offer. Its evaluation, however, does not depend on exclusively economic criteria, since the legislator obliges to take into consideration aspects related to the conditions of the workforce that the contractor destines to the execution of the contract. In particular, the contractor must take care of the health of his workers, either because Labour and Social Security Law attribute him some kind of responsibility, or because the postulates of socially responsible public procurement make it advisable. Since the psychosocial risks are difficult to detect and complex to eradicate, it is important to address the inclusion of social clauses for the prevention and fight against harassment perpetrated or suffered by the workers involved in the execution of the public sector contracts.


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