El Artículo 123 de la Constitución mexicana de 1917 estableció las circunstancias en que los patrones estaban obligados a financiar escuelas primarias para los hijos de sus trabajadores. Pero el cumplimiento de este precepto recorrió un accidentado camino para llevarse a la práctica. El caso de San Luis Potosí nos muestra cómo estos planteles tuvieron una destacada contribución al proceso de apropiación sociocultural de la escuela primaria, pero ilustra también los límites del Estado mexicano posrevolucionario en la tarea de obligar a los patrones a colaborar en su proyecto educativo.
Article 123 of the Mexican Constitution of 1917 established the circumstances in which employers were obliged to finance primary schools for the children of their employees. But the fulfillment of this precept was fraught with difficulty. The case of San Luis Potosí shows us how these schools had a remarkable contribution to the sociocultural appropriation process of the primary school. Nevertheless, it also illustrates the limits of the post-revolutionary Mexican state in the task of forcing employers to collaborate in its educational project.
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