El trabajo estudia el papel del Diputado General del Reino de Galicia en la corte, en su función de gestión de los asuntos de este territorio ante la monarquía hispánica. La hipótesis de partida es que su tarea de ejercer como la voz del reino, instando en Madrid la ejecución de los acuerdos tomados en las Juntas del Reino, no se llevará a cabo por atender este oficio a intereses localistas o personales. El sistema de nombramiento se encontrará detrás de toda esta problemática, puesto que la designación por turnos entre las siete ciudades que integran las Juntas del Reino traerá un sinfín de problemas.
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