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Tratamiento fiscal de las pensiones de la Seguridad Social derivadas de aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 1 de julio de 2020 en unificación de criterio (R. G. 02469/2020)

    1. [1] Inspector de Hacienda del Estado
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 68, 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El TEAC analiza un nuevo supuesto de posible aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, del IRPF: pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, correspondiente a aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca. Establece un diferente tratamiento para las que derivan de aportaciones anteriores a 1 de enero de 1967 y las de aportaciones posteriores a esta fecha.


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