En este trabajo se analiza una sentencia de la Audiencia Nacional que pone de manifiesto dos fenómenos recurrentes, a cargo cada uno, generalmente, del obligado y de la Administración.
Por un lado, la incapacidad de demostración de la realidad de los hechos alegados frente a la Hacienda, que no se puede sustituir por razonamientos, y, por otro, la falta de motivación o fundamentación de las decisiones de esta, que no se puede sustituir por menciones mecánicas a hechos o a normas
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