El derecho a cambiar los apellidos —y el nombre— está concebido por el legislador como medida de protección de la mujer y de los hijos perjudicados por la violencia de género sobre la pareja, obstaculizando su localización por el agresor, dotándoles de una nueva identidad y procurando que ésta no sea conocida por el violento. Se examinan las cuestiones fundamentales que plantea este derecho y se ofrecen las pautas necesarias para su adecuado ejercicio y efectividad.
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