El gran desafío para las empresas familiares lo encontramos en el relevo generacional. El mismo afecta tanto al liderazgo como a la propiedad de la empresa, sea individual o societaria. La transmisión de la propiedad al tiempo del fallecimiento del titular de la empresa o de las acciones o participaciones, presenta importantes cuestiones en el sistema del Código Civil español, en el que no se permiten los pactos sucesorios y existe un rígido sistema legitimario, que limita la libertad del testador. La transmisión de la empresa familiar exige una adecuada planificación, que ha de llevar a otorgar testamento -evitando la sucesión intestada- en el que hacer uso de aquellos mecanismos especiales que contemplan el pago de la legítima en dinero extrahereditario, así como aquellos otros permitidos en Derecho que ayuden a encauzar el fenómeno. La planificación sucesoria exige igualmente estar atento en cumplir los requisitos legales para la obtención de los beneficios fiscales a la transmisión “mortis causa”.
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