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Procede la anulación inmediata de las liquidaciones del IBI cuando se anula la valoración catastral: análisis de la STS de 18 de mayo de 2020, rec. núm. 6950/2018

    1. [1] Universidad Autónoma de Madrid

      Universidad Autónoma de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Revista de Contabilidad y Tributación. CEF, ISSN-e 2792-8306, ISSN 2695-6896, Nº 451, 2020, págs. 135-144
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • El objeto del presente comentario es analizar la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2020, en la que, con base en el principio de buena administración, se establece que las liquidaciones del impuesto sobre bienes inmuebles deben ser inmediatamente anuladas cuando se anula la valoración catastral, sin que sea necesario esperar al momento de notificación de los nuevos valores catastrales.


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