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Comparación en cuanto a cláusulas sociales entre la vigente ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público y el Real Decreto-Ley 3/202, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores: de seguros privados, de planes y fondos de pensiones, del ámbito tributario y de litigios fiscales

    1. [1] Fundación ONCE
  • Localización: Anales de derecho y discapacidad, ISSN 2530-4011, Nº. 5, 2020, págs. 65-90
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Se establece una comparación en cuanto a cláusulas sociales entre la vigente Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del Sector Público y el Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al Ordenamiento Jurídico Español diversas Directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

      En particular, se analizan los siguientes aspectos: principios de la contratación; capacidad de los operadores económicos; pliegos de condiciones; subrogación de trabajadores; prescripciones técnicas; etiquetas; normas de aseguramiento de la calidad; objeto del contrato; reserva de contratos; criterios de adjudicación de los contratos; criterios de desempate; ofertas anormalmente bajas; valoración de las proposiciones en la adjudicación; condiciones de ejecución de los contratos; obligaciones relativas a las disposiciones en materia de contratar a un porcentaje específico de personas con discapacidad; subcontratación y accesibilidad.

      Únicamente en los apartados sobre prescripciones técnicas y sobre reserva de contratos se han apreciado ligeras diferencias u omisiones en el RD-L respecto a lo contenido a la LCSP, que podrían hacer que se planteara la opción de complementar dicho RD-L, llegado el caso, con las propuestas concretas (u otras similares) que en los apartados citados de este estudio se efectúan, todo ello en el caso de que se tramite este RD-L como Ley Ordinaria y así poder incorporar enmiendas a tales efectos.

    • English

      A comparison is established regarding social clauses between the current Law 9/2017, of November 8 of contracts of the Public Sector and the Royal Decree-Law 3/2020, of February 4, of urgent measures by which they are incorporated into the Spanish Legal Order various Directives of the European Union in the field of public procurement in certain sectors; private insurance; pension plans and funds; tax and tax litigation. In particular, the following aspects are analyzed: hiring principles; capacity of economic operators; contract specifications; subrogation of workers; technical requirements; labels; quality assurance standards; object of the contract; contract reservation; contract award criteria; tiebreak criteria; abnormally low bids; evaluation of the proposals in the award; contract execution conditions; obligations related to the provisions on hiring a specific percentage of people with disabilities; outsourcing and accessibility. Slight differences or ommissions have been observed only in the sections on technical requirements and on the reservation of contracts in the RD-L with respect to what is contained in the LCSP, which could lead to the option of supplementing said RD-L, if necessary, with concrete proposals (or other similar ones) that are made in the aforementioned sections of this study, all in the event that this RD-L is processed as Ordinary Law and thus be able to incorporate amendments to such effects


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