A lo largo de la historia la sociedad ha experimentado, permanentemente, situaciones de confrontación de intereses que han dado origen a conflictos, los cuales, desde la teoría sociológica, son considerados como situaciones inherentes al ser humano y motores del cambio social. Como una alternativa para su resolución, el Estado colombiano ha implementado los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, considerados como una forma de justicia complementaria de la estatal, cuya implementación persigue dos importantes finalidades: la participación de la sociedad en la solución de sus conflictos y la descongestión del aparato jurisdiccional. Dichas herramientas jurídicas han sido concebidos, además, como una forma de acabar con la judicialización del conflicto y, en consecuencia, de restaurar los tejidos sociales, lo que se logra cuando las partes involucradas, de manera voluntaria, deciden poner fin a su controversia haciendo uso de su autonomía privada, logrando así el restablecimiento de las relaciones que se han deteriorado y la consolidación de relaciones futuras entre los miembros de la sociedad. De allí la importancia de conocer el contexto donde surge la justicia informal, los mecanismos alternativos con los que cuenta el País, y el fundamento constitucional y legal que los soportan
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