Hace un siglo, los pragmatistas promovieron una reformulación de la filosofía. La filosofía del momento estaba centrada en el análisis conceptual, las abstracciones, el análisis a priori y la búsqueda de verdades necesarias y universales. Los pragmatistas argüían que, por el contrario, la filosofía debería centrarse en los problemas del momento, lo que requiere que los teóricos presten atención a la complejidad social, la variación, el cambio, el poder, las consecuencias y otros aspectos concretos de la vida social. Los paralelismos entre la filosofía de entonces y la filosofía del Derecho de hoy son sorprendentes y, como sostengo, requieren una teoría del Derecho de inspiración pragmatista en la filosofía del Derecho contemporánea. La teoría realista expuesta en este ensayo se centra en lo que es el Derecho, para qué se utiliza el Derecho, qué piensa la gente sobre el Derecho, cómo actúan en relación con el Derecho y cuáles son las consecuencias sociales del Derecho. Esta retrata al Derecho como un complejo de instituciones que evoluciona a lo largo del tiempo en conexión con los factores sociales, culturales, económicos, políticos, tecnológicos y ecológicos circundantes. Valiéndose del pragmatismo, este ensayo adelanta los aspectos epistemológicos, ontológicos y metodológicos de la teoría realista del Derecho junto a un muestreo de las nuevas percepciones que lo distinguen o que desafían posiciones ampliamente mantenidas en la filosofía del Derecho. Los temas tratados son, en orden, el pragmatismo, la reformulación de filosofía del Derecho, el naturalismo, el historicismo y el holismo, la construcción social del Derecho y el instrumentalismo, el poder y los ideales.
A century ago the pragmatists called for reconstruction in philosophy. Philosophy at the time was occupied with conceptual analysis, abstractions, a priori analysis, and the pursuit of necessary, universal truths. Pragmatists argued that philosophy instead should center on the pressing problems of the day, which requires theorists to pay attention to social complexity, variation, change, power, consequences, and other concrete aspects of social life. The parallels between philosophy then and jurisprudence today are striking, as I show, calling for a pragmatism-informed theory of law within contemporary jurisprudence. The realistic theory outlined in this essay focuses on what law does, what law is used for, what people think of law, how they act in relation to law, and what the social consequences of law are. It portrays law as a complex of institutions that evolve over time in connection with surrounding social, cultural, economic, political, technological, and ecological factors. Drawing on pragmatism, this essay sets forth the epistemological, ontological, and methodological aspects of the realistic theory of law, along with a sampling of insights that differ from or challenge widely held positions within jurisprudence. The topics covered, in order, are pragmatism, reconstruction in jurisprudence, naturalism, historicism and holism, social construction of law, and instrumentalism, power, and ideals.
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