María del Carmen Vaquero López
La protección de la salud pública en tiempos de pandemia ha justificado la adopción de medidas legislativas que han limitado nuestra libertad personal y su principal manifestación en el ámbito contractual, el principio de autonomía de la voluntad (material y conflictual). En su urgencia, nuestro legislador no ha considerado el requisito de proporcionalidad que deben cumplir las normas de intervención del Estado en las relaciones particulares e incluso ha desatendido el mandato de primacía del Derecho europeo, comprometiendo el alcance internacional de las normas especiales en materia de contratos adoptadas durante el estado de alarma.
The protection of public health in times of pandemic has justified the adoption of legislative measures that have limited our personal freedom and its main manifestation in the contractual field, the party autonomy (material and conflictual). In this situation of emergency, our legislator has not considered the requirement of proportionality that the rules of state intervention in private relationships must meet and has even disregarded the mandate of primacy of European law, jeopardizing the international scope of the special rules on contracts adopted during the state of alarm.
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