Manuel Martín García, Carlos Sáez Illobre
Los empresarios agrarios pueden acogerse en lo que al Impuesto sobre el Valor Añadido se refiere, a un régimen especial Este régimen especial puede aplicarse en todos los países de la UE. En España se viene haciendo desde 1986. Este estudio intenta analizar si en vez de utilizar un solo porcentaje compensatorio no hubiera sido mejor fijar varios, adaptados a las peculiaridades de las orientaciones técnico-económicas de las explotaciones agrarias españolas, para conseguir o mejorar la neutralidad del impuesto. Se utilizan como base los resultados de la Red Contable Agraria Nacional relativos al período 1992-1994.
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