En este trabajo se analiza un aspecto concreto del auto dictado por la Audiencia Nacional el día 7 de noviembre de 2019 por el cual considera que las resoluciones dictadas por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes son recurribles ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en lugar de ante la propia Audiencia Nacional, como venía sucediendo hasta la fecha. La razón es que se considera que la Presidenta del organismo no es Secretaria de Estado, a pesar de que tiene rango de tal, lo que excluye que sus decisiones se recurran ante la Audiencia Nacional. Esta consideración, además de la que trata el auto, tiene otra serie de implicaciones jurídicas y técnicas que se ponen de manifiesto.
This work analyzes a specific aspect of the Order issued by the National Court on November 7, 2019, which considers that the resolutions issued by the Presidency of the High Council for Sport are appealable in the Central Courts, instead of the National Court, as it had been happening until now. The reason is that the President of the organization does not have the consideration of Secretary of State, despite having the rank of that, which excludes the possibility of appealling her acts to the National Court. This consideration, in addition to the one dealt with in the order, has another legal and technical consequences that are exposed.
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