Los ciudadanos de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, que son parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo gozan, entre otros, del derecho a la libre circulación y a recibir servicios (turismo) en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea y a no ser discriminados por razón de nacionalidad en el uso de esa libertad. Si un Estado de la Unión Europea recibe una demanda de extradición de un tercer Estado no miembro, se aplicará la doctrina Petruhhin para ofrecer al Estado del que es nacional el extradendus, la posibilidad de otorgarle protección. Los Estados miembros de la Unión Europea están obligados a comprobar si existe riesgo grave en el Estado requirente de que el extradendus sea expuesto a tratos inhumanos o degradantes. La condición de asilado es relevante en esta comprobación. Y, salvo circunstancias especiales, el Estado miembro denegará la extradición del asilado.
Citizens from the Member States of the European Free Trade Association, party of the Agreement on the European Economic Area, have —inter alia— the rights of freedom of movement, the reception of services (such as tourism) within the territory of European Union Member States and the non-discrimination because of their nationality. If a Member State of the European Union is requested for an extradition from a non-EU country, Petruhhin doctrine will be applicable in order to allow the non-EU country of the extradendus, the possibility of granting protection. European Union Member States shall verify if in such non- EU country there could be a serious risk of some inhuman and degrading treatment against the extradendus.
The refugee status should be taken into account in this situation. Accordingly, except in non-ordinary cases, Member State will refuse the extradition.
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