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Gestación por sustitución e igualdad en el ámbito laboral: el acceso a la prestación por maternidad y la solicitud de trabajo a distancia a favor de los padres subrogantes.

  • Autores: Mª Carmen Chéliz Inglés
  • Localización: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ISSN-e 1696-9626, Nº. 56, 2020
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Surrogacy and equality in the workplace: access to maternity allowance and the request for distance work in favor of surrogate parents
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Como es sabido, en España la gestación por sustitución no está permitida (art. 10 Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida). Sin embargo, al tratarse de una práctica legal en otros Estados, la realidad ocasiona que se planteen ciertos problemas jurídicos relacionados con aquella. Entre ellos, destacan la determinación de la filiación de los niños, y la determinación de los derechos parentales de los padres subrogantes.

      En relación con esta última cuestión, cabe resaltar las Sentencias dictadas en unificación de doctrina por el Tribunal Supremo, de 25 de octubre y de 16 de noviembre de 2016. En ellas, el Alto Tribunal reconoce por primera vez el derecho de los padres por gestación por sustitución a recibir las prestaciones por maternidad reconocidas por la Seguridad Social. Además, este derecho corresponde a ambos progenitores, sin distinción por razón de sexo. Así, a estos efectos, el Tribunal Supremo equipara la maternidad por sustitución a la maternidad por parto, la adopción, y el acogimiento.

      Si esta equiparación se extiende al resto de derechos parentales, ello permitiría que los progenitores subrogantes se beneficiaran también de otros derechos parentales previstos en nuestro ordenamiento jurídico. En concreto, podrían solicitar la prestación de su trabajo a distancia, en virtud de la reciente modificación del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, por el RDL 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

    • English

      As is known, surrogacy is not allowed in Spain (Article 10 Law on Assisted Human Reproduction Techniques). However, as it is a legal practice in other States, reality causes certain legal problems related to it to arise. Among them, the determination of the filiation of the children, and the determination of the parental rights of the surrogate parents stand out.

      In relation to this last issue, it is worth highlighting the sentences handed down in unification of doctrine by the Supreme Court, of October 25 and November 16, 2016. In them, the Supreme Court recognizes for the first time the right of surrogate parents to receive the maternity benefits recognized by the Social Security. In addition, this right corresponds to both parents, without distinction by reason of sex. Thus, for these purposes, the Supreme Court equates subrogacy to maternity by childbirth, adoption, and fostering.

      If this equality extends to the rest of the parental rights, this would allow the surrogate parents to benefit from other parental rights provided for in our legal system. Specifically, they could request the provision of their work remotely, by virtue of the recent modification of article 34.8 of the Workers' Statute, by RDL 6/2019, of urgent measures to guarantee equal treatment and opportunities between women and men in employment and occupation.


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