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La sociedad de gananciales disuelta y no liquidada

  • Autores: María Luisa López Fernández
  • Localización: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores, ISSN-e 2341-0566, Nº. 25, 2020 (Ejemplar dedicado a: Sociedad conyugal y Registro de la Propiedad)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Este texto tiene por objeto analizar el régimen de la sociedad de gananciales disuelta y sin liquidar. Como veremos la disolución y la liquidación de la sociedad conyugal no tienen lugar de forma simultánea, surgiendo de esta manera un patrimonio latente y carente de régimen jurídico que subsistirá hasta que no se adjudiquen los bienes a los respectivos cónyuges previa liquidación de su patrimonio. En cualquier caso, surge de esta manera una situación confusa entorno a la facultades y potestades que los titulares de este patrimonio ostentan sobre él y entorno a las deudas surgidas durante su vigencia, pues todo matrimonio tiene además de una proyección evidentemente personal y familiar, una proyección económica, pues los cónyuges realizan una serie de actos dirigidos al sostenimiento de la familia y también cuentan con una serie de ingresos. Todo ello hace necesario por lo tanto la liquidación de este patrimonio y que cuenta tanto con su activo como con su pasivo una vez producida la disolución del matrimonio y en concreto de la sociedad de gananciales.


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