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Los poderes ejecutivos de la guardia europea de fronteras y costas: del Reglamento 2016/1624 al Reglamento 2019/1896

  • Autores: David Fernández Rojo
  • Localización: Revista catalana de dret públic, ISSN 1885-5709, ISSN-e 1885-8252, Nº. 60, 2020 (Ejemplar dedicado a: La lluita contra la corrupció des de l’Administració pública), págs. 181-195
  • Idioma: varios idiomas
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Tres años después de la transformación de la agencia descentralizada FRONTEX en la Guardia Europea de Fronteras y Costas (GEFC), el Reglamento 2019/1896 prosigue con la profundización de sus tareas operativas. Este artículo analiza comparativamente en qué medida el Reglamento 2019/1896 refuerza su autonomía y sus actividades operativas, ejecutivas y de supervisión respecto a los Estados miembros conferidas en su momento por el Reglamento 2016/1624. Si la capacidad de intervención de la GEFC directamente sobre el terreno constituyó la principal novedad del Reglamento 2016/1624, la introducción de un cuerpo permanente de 10.000 guardias de fronteras y el desarrollo de poderes ejecutivos y coercitivos por parte del personal estatutario de la Agencia ha tenido un impacto equiparable en relación con el Reglamento 2019/1896. Ahora bien, lejos de centralizar a nivel europeo la administración de las fronteras exteriores, el mandato operativo de la GEFC continúa centrándose en supervisar la gestión eficaz de las fronteras por parte de los Estados miembros y en asistir a aquellas autoridades nacionales sujetas a presiones migratorias extraordinarias.

    • English

      Three years after the transformation of the decentralised agency FRONTEX into the European Border and Coast Guard (EBCG), Regulation 2019/1896 continues strengthening its operational tasks. This article analyses to what extent Regulation 2019/1896 reinforces EBCG’s autonomy and its operational, executive and supervisory activities, conferred by the former Regulation 2016/1624. While the EBCG’s function to intervene directly on the ground was the main novelty brought in by Regulation 2016/1624, the introduction of a permanent body of 10,000 border guards and the development of executive and coercive powers by the statutory staff of the Agency has had a comparable impact regarding Regulation 2019/1896. However, far from centralising the administration of external borders at the European level, the EBCG’s operational mandate continues to focus on monitoring effective border management by the member states and assisting those national authorities subject to extraordinary migratory pressures.


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