La potestad sancionadora de la Administración es la manifestación del poder punitivo del Estado, junto con el Derecho penal. De este modo, diversos principios rigen esta potestad pública, cuyo objeto no es sino el de recoger garantías materiales como procedimentales (o formales); pero serán tres de ellos los más problemáticos, debido a su estructura y su contenido: los principios de tipicidad, proporcionalidad y responsabilidad o culpabilidad. A ello se le añade, asimismo, que el legislador español modificó la ley que recogía esos principios en el año 2015, con una nueva ley: la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Además, será necesario analizar también el principio non bis in idem y su configuración, especialmente después de los últimos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
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