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Análisis del cumplimiento del tratamiento con dispositivos de presión positiva en pacientes con síndrome de apnea del sueño

  • Autores: Ángeles Sánchez Armengol, Francisco Capote Gil, C. Carmona Bemol, S. Cano Gómez, Emilio García Díaz, José Gregorio Soto Campos
  • Localización: Neumosur: revista de la Asociación de Neumólogos del Sur, ISSN-e 0214-6266, Vol. 8, Nº. 2, 1996, págs. 15-22
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Hemos valorado el cumplimiento del tratamiento con dispositivos de presión positiva en 118 pacientes con síndrome de almea del sueño (SAOS) de la provincia de Sevilla, y analizado los factores que podrían influir en este cumplimiento. Estos pacientes fueron diagnosticados de SAOS mediante estudio polisomnográfico y habían aceptado tratamiento domiciliario con CPAP o BiPAP. Se excluyeron 4 pacientes por intolerancia o ineficacia del tratamiento. Los 114 restantes se trataron con CPAP (n=101) o BiPAP (n=13) durante 27 meses (SD=18). En la serie general, la comparación del grado del cumplimiento según la apreciación subjetiva del paciente con la lectura del contador horario del dispositivo resultó en una sobreestimación del cumplimiento por parte de los pacientes. No se encontró ninguna correlación significativa entre el número de horas de utilización y los años de somnolencia previa, el 1AH basal, la SaO2 mínima basal, el IAH con el dispositivo, los diferentes niveles de presión inspiratoria ó espiratoria ni el número de efectos secundarios. Se dividió a la serie general en tres grupos según el registro del contador horario: uso irregular «4 h/día), regular (<4 y < 7h/día) y óptimo (¬ 7h/día). No se encontraron diferencias en la edad, distribución por sexos, BMI, IAH basal grado de somnolencia previa, eficacia clínica del tratamiento ni número de efectos secundarios entre los tres grupos. Se dividió el total de pacientes en dos grupos, según tuvieran o no obstrucción basal al flujo aéreo (FEV1/FVC<70%) sin encontrar diferencias en el grado de cumplimiento en ambos grupos. En resumen, la apreciación subjetiva del grado de cumplimiento del tratamiento puede llevar a una sobreestimación del mismo. No encontrarnos parámetros clínicos ni polisomnográficos que permitan predecir el cumplimiento de este tratamiento.


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