Francisco de Asís González Campo
La mediación intrajudicial en Aragón es una incipiente realidad implantada –con mayor o menor éxito– en diversos Partidos Judiciales. La experiencia resulta peculiar en tanto se ha desarrollado tanto con un expreso marco normativo como, previamente, sin el mismo y, a su vez, bajo diversas formas orgánicas derivadas de la concreta iniciativa desplegada. En realidad, se ha realizado sin un diseño previo del modelo pretendido y, por tanto, sin los elementos orgánicos, normativos y funcionales propios de un verdadero Servicio de Mediación Intrajudicial. Ello bien pudiera ser la causa de los preocupantes datos que comienzan a observarse en el periodo de implantación en nuestro Territorio pues, pese a estar dotados de regulación legal y de proyectos de difusión e implantación y, en especial, contando en los ejercicios 2017 y 2018 con relevantes acciones de impulso público, sin embargo, los datos –aislada y comparativamente con Comunidades similares– provocan interrogantes que deben ser respondidos a fin de, en su caso, corregir las disfunciones que pudieran detectarse.
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