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Comentarios desde el punto de vista de las PYMEs españolas del sector fitosanitario

  • Autores: Raúl Nehring Andrade
  • Localización: Phytoma España: La revista profesional de sanidad vegetal, ISSN 1131-8988, Nº 152, 2003, págs. 110-111
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Ley 43/2002 de 20 de noviembre de 2002, de Sanidad Vegetal es, desde su publicación, una pieza clave para dar cobertura a una serie de normas que ayuden a la prevención y lucha contra las plagas de los diferentes cultivos. Esta ley contempla además un amplio rango de medidas que se deben adoptar para la erradicación, evitar la extensión y reducir las poblaciones de las plagas o enfermedades o sus efectos. Todo ello, contemplando una serie de actuaciones fitosanitarias y el uso adecuado de los productos fitosanitarios y los organismos de control biológico y otros medios de defensa fitosanitaria a través de la aplicación de las buenas prácticas, como herramientas necesarias para alcanzar dichos objetivos como puntos positivos. Asimismo, otro de los puntos positivos, considerado por la Administración en la redacción esta Ley, es la introducción de sistemas de producción compatible con el medioambiente, unas medidas adecuadas para preservar la fauna útil y el control sobre los dispositivos utilizados para la aplicación de los productos fitosanitarios. Estos objetivos generales deben ser la guía que dirija el futuro desarrollo normativo de la Ley.

      En la actualidad, después de con casi un año de vigencia, la Ley 43/2002 esta pendiente de su desarrollo legislativo, aunque no es menos cierto que el borrador del Real Decreto esta en una fase avanzada de redacción al momento de prepararse este escrito.


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