Víctor Hugo Hiram Magallanes Martínez
El derecho a la protección de datos personales se diseño en México como un derecho humano autónomo y como un límite al ejercicio del derecho de acceso a la información. Esto ha impedido un análisis constitucional del derecho a partir del principio de justicia, su relación con los demás derechos fundamentales y su contenido esencial. Por ello, se estudian los limites que el legislador, en el ejercicio de su libertad configurativa, debe observar al momento de establecer alguna restricción al derecho de protección de datos personales, desde el enfoque de las teorias externas de interpretación de los derechos fundamentales.
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