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Resumen de Fundamento y límites de la exigibilidad del empleo de las capacidades especiales del autor (a la vez, una referencia paralela a los conocimientos especiales)

Javier de Vicente Remesal

  • español

    Los objetivos fundamentales de este estudio son los siguientes: analizar si incurre en responsabilidad penal el sujeto que para evitar la producción de un resultado de lesión o de peligro no emplea sus capacidades especiales (distinguiendo a tales efectos entre capacidades adquiridas, y por tanto adquiribles, y capacidades innatas), en qué se fundamenta la exigibilidad de ese empleo y cuáles son los límites. El trabajo se centra en el delito comisivo imprudente. Se llega, entre otras, a las siguientes conclusiones: la gran mayoría de las capacidades, tanto normales como especiales, son adquiribles (es decir, no innatas o personalísimas); en el delito comisivo sólo es exigible el empleo de las capacidades susceptibles de adquisición, desarrollo o perfeccionamiento; las capacidades merecen el mismo tratamiento jurídico-penal que los conocimientos; la exigibilidad de las capacidades especiales no constituye ningún problema diferente al que plantean los conocimientos especiales, y finalmente, las capacidades especiales tampoco constituyen ningún problema diferente al que plantean las capacidades normales u ordinarias, si bien su gran diferencia radica en su demostrabilidad.

  • English

    The purpose of this study is to analyze whether the subject who does not employ his special abilities incurs in criminal responsibility, as well as to analyze what the enforceability of that employment is based on, and what its limits are. The work focuses on the reckless commission crime. The following conclusions are reached, among others: he vast majority of capabilities, both normal and special, are acquirable (that is, they are not innate nor exclusively personal); in the commission crime, only the use of capabilities, which are acquirable, and can be developed or improved, is required; capabilities deserve the same treatment as knowledge; the enforceability of special abilities does not constitute a problem other than that posed by special knowledge; and finally, special capacities do not constitute any problem different from the one posed by normal or ordinary capacities, although an important difference lies in their demonstrability.


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