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Un signo que alude a la marihuana no puede ser registrado como marca de la Unión por ser contrario al orden público: TG, Sala Séptima, S 12 Dic. 2019. Asunto T-683/18: Santa Conte/EUIPO

  • Autores: Alexander Kornezov
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 77, 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Aunque el cáñamo no se considera una sustancia estupefaciente por debajo de un determinado umbral de tetrahidrocannabinol, en el estado actual del Derecho, su consumo y utilización siguen siendo ilegales por encima del umbral mencionado en la mayoría de los Estados miembros.

      Es la combinación de esos distintos elementos lo que llama la atención de los consumidores, que no disponen necesariamente de conocimientos o técnicos precisos sobre el cannabis como sustancia estupefaciente, ilegal en numerosos países de la Unión. Por eso un signo que alude a la marihuana no puede ser registrada como marca de la Unión.


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