En la actual coyuntura que atravesamos con la pandemia causada por el COVID 19, se analizan las relaciones contractuales «interprivatos» en las que ambas partes son empresarios. Dicho análisis se circunscribe a aquellas relaciones contractuales que se consideran «de tracto sucesivo» o duraderas, generando, normalmente, obligaciones para ambas partes ya sean de carácter continuo, ya periódico. Y dentro de las modalidades contractuales centra el autor su análisis en el contrato de arrendamiento, en concreto a cómo afecta la situación que atravesamos a las relaciones arrendaticias.
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