El presente caso trata de arrojar algo de luz acerca de la relación jurídica existente entre los administradores de las comunidades de propietarios y las propias comunidades, pues de la delimitación de su naturaleza jurídica dependerán los derechos y obligaciones que alcanzan a este profesional. Además de ello, trataremos de abordar el problema del cese del administrador cuando no ha transcurrido el mandato anual previsto y para el cual fue renovado, atendiendo a los criterios que nuestros tribunales han ido detallando y que diferencian claramente entre el cese por causas justificadas y el cese por motivos no justificados, dependiendo de que la comunidad sea capaz de demostrar que haya habido o no incumplimientos profesionales del administrador.
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